Ante las declaraciones efectuadas en un canal televisivo de Río Cuarto por una enfermera del Centro de Atención Primaria de la Salud de Alpa Corral en relación con la denuncia policial que presentara en contra de un médico de esa entidad, y en la que realiza una serie de afirmaciones sobre la presunta indiferencia, falta de respuesta o atención y procedimientos supuestamente indebidos por parte de las autoridades municipales frente al caso, el Municipio de esta localidad reitera lo ya difundido públicamente respecto de los hechos concretos y las decisiones adoptadas conforme a sus facultades legales:
El 25 de noviembre último, después de presentar su denuncia en contra del médico ante la Sub-comisaría de la Policía de la Provincia con sede en la localidad, la enfermera comunicó a la intendente -mediante un escrito hecho de puño y letra- el contenido de aquella denuncia.
La denuncia policial se tramita actualmente por ante la Fiscalía de Instrucción de Segundo Turno de la Ciudad de Río Cuarto, Secretaría a cargo de la Dra. Ovidi (expediente judicial 064/2016). La Municipalidad desconoce hasta ahora qué trámite se le dio y si se han dispuesto medidas probatorias.
El mismo día 25 de noviembre, la Municipalidad -por medio de un decreto y en función del tenor de la denuncia- adoptó las siguientes medidas perentorias y preventivas:
1) Realizar las modificaciones necesarias en la planificación de guardias activas y pasivas que se realicen en el Centro de Atención Primaria de la Salud de esta localidad a los fines de que los turnos que deba realizar la agente municipal denunciante no coincidan con los del médico, a quien acusa;
2) Instruir una investigación sumaria de los hechos que forman parte de la denuncia presentada, con notificación al médico, a los fines de que en veinticuatro horas formalizara ante el Departamento Ejecutivo los descargos que estimara pertinentes.
Esta investigación administrativa de los hechos comenzó con el descargo del profesional, por un elemental principio de defensa, y continuará con la recepción de testimonios y otras medidas de prueba.
Cabe aclarar que no se instruyó un sumario administrativo porque el médico acusado no es personal de planta permanente y sólo puede ser labrado en contra de esa categoría de agentes municipales. Tampoco ha sido designado director médico, como afirmó la enfermera.
No corresponde a la Municipalidad investigar si se cometió el delito denunciado. Esa investigación concierne a la Fiscalía en turno. Las medidas adoptadas por la intendente, María Nélida Ortiz, de acuerdo con sus facultades y responsabilidades, son preventivas, por la naturaleza misma de la denuncia y en protección de la enfermera, procurando cuidar su integridad, pero sin incurrir en el error de prejuzgar al médico, en lugar del fiscal.
La autoridad municipal no puede prejuzgar sobre la veracidad de la denuncia, ni acerca de la culpabilidad o inocencia del médico. Eso corresponde a la Justicia.
En ese orden, a través de otro decreto, dictado el 15 de diciembre último, se dispuso un nuevo cronograma de guardias para lo que quedaba de ese mes y para enero de 2017, con el fin de que los turnos que deba realizar la enfermera no coincidan con los del médico y con la finalidad de organizar los de los demás agentes que trabajan en el Centro de Salud.
Quede claro, para no incurrir en groseros errores, que la Municipalidad no perjudicó ni perjudicará en modo alguno a la enfermera y que sigue y seguirá percibiendo las remuneraciones regulares que viene cobrando y realizando sus tareas cotidianas junto con otro médico (que no es el denunciado), contratado para ello.