
En el marco de la emergencia preventiva sanitaria vigente en Alpa Corral, la Municipalidad otorgó asueto a su personal -con excepciones por servicio- desde este martes 26 hasta el día 7 de junio próximo, inclusive, a los fines de permitir el cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, establecido en el Decreto Nacional N° 297/2020 y sus prórrogas.
En ese orden, fueron prorrogadas las licencias extraordinarias acordadas en los Decretos locales N° 1.641/2020 y N° 1.642/2020 al personal municipal, a la vez que declaró inhábiles a los fines del procedimiento administrativo municipal los días comprendidos entre el 26 de mayo hasta el día 7 de junio venidero.
Quedaron exceptuados del asueto dispuesto por el Decreto N° 1.662/2020.
a) Las autoridades superiores del gobierno municipal y los agentes municipales que sean convocados para garantizar actividades esenciales.
b) El equipo de salud municipal.
c) El personal afectado al mantenimiento de los servicios básicos de agua, alumbrado público, comunicaciones y atención de emergencias.
d) El personal afectado al servicio de recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
e) El personal afectado a la atención de comedores comunitarios.
f) El personal de Inspección Municipal.
g) El personal afectado a la ejecución, mejoramiento o reparación de obras públicas.
h) El personal afectado a la actualización, registración y percepción de las contribuciones y Tasas Municipales, de acuerdo con el Protocolo Sanitario remitido por la Provincia de Córdoba a esos efectos.
A ese respecto, quedaron en vigencia las disposiciones de los Decretos Municipales N° 1.641/2020 del 13/03/2020; N° 1.642/2020 del 17/03/2020; N° 1.645/2020, del 19/03/2020, que sean compatibles con este Decreto y con los Decretos Nacionales N° 260/2020, N° 297/2020; N° 325/2020; N° 351/2020; N° 355/2020; N° 408/2020; N° 458/2020; y N° 493/2020.
CONSIDERANDOS
En el decreto se tuvieron en cuenta las disposiciones de los Decretos Nacionales N° 260/2020, del 12/03/2020; N° 297/2020, del 19/03/2020; N° 325/2020, del 31/03/2020; N° 351/2020, del 08/04/2020; N° 355, del 11/04/2020; N° 408/2020, del 26/04/2020; N° 458/2020, del 10/05/2020; y N° 493/2020, del 10/05/2020; y de los Decretos Municipales N° 1.641/2020, del 13/03/2020; N° 1.642/2020, del 17/03/2020; N° 1.646/2020, del 20/03/2020; N° 1.652/2020, del día 30/03/2020; N° 1.653/2020, del 13/04/2020; N° 1.655, del 27/04/2020; y N° 1.659, del 11/05/2020.
En los considerandos se contempló:
Que, mediante el Decreto N° 260/20, el Presidente de la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 por el plazo de un año en virtud de la pandemia de la enfermedad Covid-19 declarada con fecha 11 de marzo del corriente año por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Que, en función de lo anterior, por Decreto Municipal N° 1.641/2020 (modificado por Decreto Municipal N° 1.642/2020) se declaró la Emergencia Preventiva Sanitaria en la localidad de Alpa Corral, en atención a la situación epidemiológica de Pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2.
Que, mediante Decreto Nacional N° 297/2020, se estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio y la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus SARS-CoV-2.
Que, con posterioridad, el Presidente de la Nación dictó los Decretos N° 325/ 2020; N° 355/2020; N° 408/2020; 458/2020; y N° 493/2020 por los que dispuso la prórroga del plazo establecido en el Decreto Nacional N° 297/2020 desde el 31 de marzo hasta 7 de junio del corriente año, inclusive.
Que, con la finalidad de permitir el cabal cumplimiento del referido aislamiento social, preventivo y obligatorio, la Municipalidad de Alpa Corral dictó el Decreto N° 1.646/2020 por el que se otorgó asueto al personal de la Administración Pública Municipal durante los días 20, 25, 26, 27 y 30 de marzo de 2020 y, con posterioridad, se dictaron los Decretos N° 1.652/2020; N° 1.653/2020; N° 1.655/2020 y N° 1.659/2020 por el que dispusieron sucesivas prórrogas de esa medida desde el día 1 de abril hasta el día 24 de mayo de 2020, inclusive.
Que, en función de la referida prórroga dispuesta por el gobierno nacional, debe ordenarse la extensión de la Emergencia Preventiva Sanitaria en la localidad de Alpa Corral y, consecuentemente, la extensión del asueto de la Administración Municipal hasta el día 7 de junio inclusive.
Que corresponde dictar las medidas pertinentes que, en el orden local, garanticen la afectiva aplicación de las regulaciones dispuestas en el orden nacional.